Términos y Condiciones Generales de Venta 2026
TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE VENTA
– Colart 2026 –
Las presentes Condiciones Generales de Venta entran en vigor el 1 de enero de 2026 (versión 1) y se aplicarán a las Condiciones Comerciales (si procede) y a todos los Pedidos de Productos presentados por el Cliente al Proveedor. Al realizar un Pedido, el Cliente se compromete a respetar las presentes Condiciones.
Los presentes Términos y Condiciones Generales de Venta se aplican a todas las empresas pertenecientes al «Grupo Colart», denominadas uniformemente en el presente documento el «Proveedor».
- INTERPRETACIÓN
Las siguientes definiciones y criterios de interpretación se aplicarán en el presente Acuerdo.
- Definiciones
Filial: significa cualquier filial, cualquier sociedad matriz y cualquier otra filial de dicha sociedad matriz.
Acuerdo: significa
- cada Orden de Pedido
- los Términos Comerciales (si procede); y
- las presentes Condiciones junto con cualesquiera apéndices, directrices y otros documentos contenidos o incorporados por referencia a las presentes Condiciones.
Ley Aplicable: significa cualquier ley, norma, reglamento, código, pacto o tratado federal, estatal, provincial o local adoptado o promulgado por el/los gobierno(s) del Territorio, en su versión modificada periódicamente.
Canales de Venta Autorizados: significa los siguientes canales de distribución: (a) tiendas independientes de suministros de bellas artes, (b) tiendas independientes de hobby que vendan suministros de bellas artes, (c) cadenas de gran distribución alimentarias y no alimentarias, (d) cadenas de bellas artes y hobby, (e) tiendas online con surtido centrado en hobby, manualidades y bellas artes, (f) papelerías, y (g) distribuidores y mayoristas de los anteriores; con la condición, no obstante, de que cualquiera de dichos distribuidores y mayoristas no podrán vender losProductos a clientes distintos de los incluidos en las categorías (a) a (g). Queda explícitamente entendido que el presente Acuerdo y los “Canales de Venta Autorizados” no incluyen ninguna venta directa al consumidor, ya sea a través de canales de comercio electrónico o sitios web de marca, u otros canales de distribución.
Términos Comerciales: se refiere a las condiciones comerciales firmadas entre las Partes en virtud de las presentes Condiciones (ya se trate de la versión 1 o de una versión posterior).
Información Confidencial: significa, sin limitación, toda la información que sea revelada antes o después de la Fecha de Inicio por la Parte reveladora o cualquier miembro del grupo de empresas al que pertenezca la Parte reveladora a la Parte receptora, independientemente de cómo se transmita, esté o no marcada o identificada como confidencial, que esté relacionada con el negocio, las operaciones, los procesos, los planes y asuntos empresariales financieros, los productos, los desarrollos de productos, los diseños, la propiedad intelectual, los secretos comerciales, las formulaciones, los métodos de fabricación, los conocimientos técnicos, la información técnica, los planes de marketing, el personal, los clientes, los contratos, los contratistas y los proveedores de la Parte reveladora, y toda la información derivada de lo anterior.
Control: significa el poder de una persona o entidad para dirigir los asuntos del Cliente de acuerdo con los deseos de dicha persona o entidad mediante la tenencia de acciones o la posesión de poder de voto en el Cliente o como resultado de cualquier poder conferido por los estatutos u otro documento que regule los asuntos del Cliente, y Controles, Controlado y la expresión cambio de Control se interpretarán en consecuencia.
Legislación de Protección de Datos: significa que se aplica el Reglamento General de Protección de Datos de la UE ((UE) 2016/679), la legislación de la UE o de cualquier Estado miembro de la UE a la que esté sujeta la parte, que se refiere a la protección de datos personales.
Cliente: significa el comprador de los Productos tal y como se define en la Orden de Pedido o en las Condiciones Generales de Venta (si procede) o la persona o entidad que sea un distribuidor, mayorista o minorista que compre los Productos al Proveedor.
Objetivo Mínimo de Ventas: significa, en relación con cada Año, el valor agregado mínimo de ventas de Productos que el Cliente debe pedir al Proveedor especificado en las Condiciones Generales de Venta (si procede) o acordado de otro modo por escrito entre las Partes.
Orden de Pedido: significa la orden de pedido del Proveedor emitida al Cliente (que puede contener la Lista de Precios) para la compra de los Productos y «Pedido» significa un pedido realizado utilizando la Orden de Pedido.
Parte: significa el Proveedor o el Cliente (según corresponda) y «Partes» significa tanto el Proveedor como el Cliente.
Productos: se refiere a los productos de la marca, tipo y especificación fabricados y vendidos por el Proveedor y descritos en las Condiciones Comerciales (si procede) o en la Orden de Pedido, junto con cualesquiera otros productos desarrollados ocasionalmente por el Proveedor.
Clientes Reservados: significa los clientes especificados en las Condiciones Generales de Venta (si procede) o acordados de otro modo por escrito entre las Partes y cualesquiera otros grupos de clientes respecto de los cuales el Proveedor informe al Cliente por escrito de que se ha reservado para sí, incluyendo, para evitar dudas, cualquier venta directa al consumidor, ya sea a través de canales de comercio electrónico o sitios web de marca, u otros canales de distribución.
Territorios Reservados: significa los países o zonas especificados en las Condiciones Generales de Venta (si procede) o acordados de otro modo por escrito entre las Partes y cualesquiera otros países o zonas respecto de los cuales el Proveedor informe por escrito al Cliente de que se ha reservado para sí.
Fecha de Inicio: significa la fecha de inicio del presente Acuerdo según lo establecido en las Condiciones Comerciales (si procede) o cuando el Proveedor acepte el primer Pedido en virtud de las presentes Condiciones (con las modificaciones unilaterales que el Proveedor pueda introducir en cada momento).
Condiciones: las presentes Condiciones Generales de Venta, modificadas unilateralmente por el Proveedor en cada momento (ya se trate de la versión 1 o de una versión posterior).
Territorio: significa los países o zonas especificados en las Condiciones Comerciales (si procede) o el Espacio Económico Europeo (EEE).
Marcas Registradas (Trademarks): se refiere a los registros y solicitudes de Marcas Registradas del Proveedor enumerados en las Condiciones Generales de Venta (si procede) o facilitados al Cliente a los efectos del presente Acuerdo, junto con cualesquiera otras Marcas Registradas que el Proveedor pueda, por escrito, permitir u obtener permiso para que el Cliente las utilice en el Territorio con respecto a los Productos.
IVA: significa impuesto sobre el valor añadido o cualquier impuesto equivalente exigible en el Territorio.
Año: significa el periodo de 12 meses a partir de la Fecha de Inicio y cada periodo consecutivo de 12 meses a partir de entonces durante la vigencia del presente Acuerdo.
- Interpretación. Una referencia a la legislación o a una disposición legislativa es una referencia a la misma modificada o promulgada de nuevo en el territorio especificado en estas Condiciones. Una referencia a la legislación o a una disposición legislativa incluye toda la legislación subordinada adoptada en virtud de dicha legislación o disposición legislativa.
- Aplicabilidad y Orden de Precedencia.
- Estas Condiciones rigen los Pedidos de conformidad con las Condiciones Comerciales (si procede) realizados por el Cliente al Proveedor.
- Estas Condiciones prevalecen sobre todas las demás condiciones, incluidas, entre otras, (a) las condiciones de compra o comerciales estándar del Cliente, (b) cualquier condición contenida en una orden de compra en formato propio o en la plataforma electrónica del Cliente o (c) cualquier otra condición que el Cliente pretenda imponer en relación con las Condiciones Comerciales (si procede) y/o un Pedido.
- Un Pedido y/o las Condiciones Comerciales (si procede) podrán especificar condiciones especiales aplicables a dicho Pedido.
- En caso de conflicto o ambigüedad entre los términos de los documentos que forman este Acuerdo: (a) un término contenido en un Pedido tendrá prioridad sobre uno contenido en las Condiciones Comerciales (si procede) o en estas Condiciones; y (b) un término contenido en las Condiciones Comerciales tendrá prioridad sobre uno contenido en estas Condiciones.
- En caso de conflicto entre la versión inglesa y cualquier versión traducida del presente Acuerdo, prevalecerá la versión inglesa.
- Para evitar cualquier duda, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplicará a las presentes Condiciones ni al Pedido. Las normas Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional se aplicarán al presente Acuerdo, pero en caso de conflicto con las presentes Condiciones, prevalecerán éstas.
- NOMBRAMIENTO
- Nombramiento. El Proveedor designa al Cliente como su cliente para comprar, promocionar, publicitar, distribuir y vender los Productos en el Territorio con sujeción a los Términos de este Acuerdo, y el Cliente acepta la designación en dichos Términos.
- Nombramiento no exclusivo. Salvo acuerdo contrario por escrito entre las Partes, el Proveedor
tendrá libertad para:
- designar cualquier otro agente, distribuidor o vendedor para los Productos en el Territorio; y
- suministrar cualquier Producto directamente en el Territorio ya sea para su uso o reventa.
- Prohibición sobre ventas activas. El Cliente no realizará ninguna venta activa de los Productos a clientes sin haberlo consultado previamente con el Proveedor:
(a) fuera del Territorio, (b) fuera de los Canales de Venta Autorizados, (c) en los Territorios Reservados y (d) a Clientes Reservados. A estos efectos, se entenderá por venta activa la aproximación o solicitud activa de clientes, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo, las siguientes acciones:
- visitas;
- publicidad directa, incluido el envío de correos electrónicos no solicitados.
- publicidad en medios de comunicación, internet, redes sociales u otras promociones, cuando dicha publicidad o promoción se dirija específicamente a clientes en Territorios Reservados y/o a Clientes Reservados.
- anuncios online dirigidos a los clientes de los Territorios Reservados y/o a los Clientes Reservados y otros esfuerzos para ser encontrados específicamente por los usuarios de los Territorios Reservados y/o pertenecientes a los Clientes Reservados, incluido el uso de banners basados en el territorio en sitios web de terceros y el pago a un motor de búsqueda o a un proveedor de publicidad online para que los anuncios o las clasificaciones de búsqueda más altas se muestren específicamente a los usuarios de los Territorios Reservados y/o pertenecientes a los Clientes Reservados; y
- publicidad o promoción en cualquier forma, o traducción de la página web del Cliente a un idioma distinto de la lengua oficial de cualquier país que forme parte del Territorio, que el Cliente no llevaría a cabo razonablemente de no ser por la probabilidad de que llegue a clientes de Territorios Reservados y/o Clientes Reservados.
- Restricciones al Cliente:
- cualquier Cliente que desee vender, revender, distribuir, vender al por menor, promocionar, comercializar o publicitar los Productos, directa o indirectamente, activa o pasivamente, incluyendo a un tercero (incluyendo, pero no limitado a, plataformas «marketplace«) donde los Productos serán o podrán ser vendidos fuera del Territorio, deberá contactar previamente con el Proveedor para una posterior discusión entre las partes a este respecto.
- representarse a sí mismo como agente del Proveedor para cualquier fin;
- pignorar el crédito del Proveedor.
- dar ninguna condición o garantía en nombre del Proveedor;
- comprometer al Proveedor en ningún contrato;
- incurrir en cualquier otra responsabilidad para o en nombre del Proveedor; o
- sin el consentimiento por escrito del Proveedor, hacer representaciones, promesas o garantías sobre los Productos más allá de las contenidas en el material promocional suministrado por el Proveedor.
- COMPROMISOS POR PARTE DEL CLIENTE
- Objetivo Mínimo de Ventas. En su caso, el Cliente deberá realizar Pedidos en consonancia con la consecución del Objetivo Mínimo de Ventas. El incumplimiento del Objetivo Mínimo de Ventas para cualquier Año dará derecho al Proveedor a resolver este Acuerdo de conformidad con la Cláusula 13.2(c) (Resolución anticipada con efecto inmediato y sin preaviso).
- Máximo empeño en la venta de los Productos. El Cliente hará todo lo posible para promocionar y vender los Productos en el Territorio.
- Informes de ventas y facilitación de información. El Cliente presentará informes escritos a intervalos regulares al Proveedor, mostrando detalles de los niveles y movimientos de existencias, ventas, pedidos pendientes de clientes y pedidos realizados por el Cliente al Proveedor que aún estén pendientes, y cualquier otra información relacionada con el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Acuerdo que el Proveedor pueda requerir razonablemente de vez en cuando. El Cliente garantiza que todos los informes e información serán fidedignos, estarán actualizados, serán completos y se facilitarán en el formato solicitado por el Proveedor.
- Disponibilidad de existencias. El Cliente mantendrá, por su cuenta, existencias suficientes de los Productos para poder atender todos sus pedidos sin demora.
- Cuentas y registros. El Cliente mantendrá durante la vigencia de este Acuerdo y durante 6 Años a partir de entonces, libros de contabilidad y registros completos y precisos que muestren claramente todas las consultas, ofertas, transacciones y procedimientos relacionados con los Productos y permitirá al Proveedor, con un preaviso razonable durante las horas normales de trabajo, el acceso a dichas cuentas y registros para su inspección si así se solicita.
- Incoterms 2020. A menos que se acuerde lo contrario por escrito con el Cliente, el incoterm DAP (Delivered at Place) [lugar de destino designado] regirá la ejecución de las Condiciones Comerciales (si procede) y de todos los Pedidos.
- Despacho de Aduanas. En virtud del Incoterm DAP (Delivered at Place) el documento aduanero de exportación denominado «Documento Único Administrativo» es expedido por el Proveedor. El Cliente facilitará al Proveedor el código de salida de la aduana por la que los Productos saldrán de la Unión Europea. A continuación, el Proveedor enviará el Documento Único Administrativo al Cliente o a su transitario. Por lo tanto, es responsabilidad del Cliente o de su transitario despachar los Productos en el código de salida confirmado en el Documento Único Administrativo. El Cliente o su transitario no podrán emitir ningún otro Documento Único Administrativo. Si el Cliente o su transitario emiten su propio Documento Único Administrativo (duplicado), éste deberá ser cancelado sin demora y el Cliente o su transitario deberán proporcionar al Proveedor una prueba de la cancelación.
- Almacenamiento. El Cliente mantendrá a su costa todas las existencias de los Productos que posea en condiciones adecuadas para su almacenamiento y proporcionará la seguridad adecuada para los Productos.
- Cambio de Titularidad. El Cliente informará inmediatamente al Proveedor de cualquier cambio en la propiedad o en el Control del Cliente, y de cualquier cambio en su organización o método de hacer negocios que pudiera esperarse que afectara al cumplimiento de las obligaciones del Cliente en este Acuerdo.
- Pagos al Proveedor dentro de plazo. El Cliente pagará todas las sumas debidas al Proveedor en el plazo establecido, en su totalidad, sin ninguna compensación, reconvención, deducción o retención, por todos los Pedidos entregados o (en su caso) recibidos.
- Ventas fuera del Territorio. El Cliente deberá, en cualquier reventa o venta al por menor de los Productos, ya sea directa o indirectamente, acordar disposiciones equivalentes a las contenidas en la Cláusula 2.4(a) (Restricciones al Cliente) en beneficio del Proveedor.
- REALIZACIÓN DE UN PEDIDO Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS
- Cómo realizar un Pedido. Todos los Pedidos deben enviarse al Proveedor: (a) por archivo Excel en un correo electrónico al Servicio de Atención al Cliente; o (b) por EDI, (c) a través del Portal B2B. Los Pedidos que no se envíen por vía electrónica conllevarán un cargo fijo de 20 EUR por Pedido. No se tramitarán los Pedidos enviados por fax o en formato PDF. Los Pedidos realizados por el Cliente deberán ser aceptados por el Proveedor y sólo serán vinculantes una vez que el Proveedor haya enviado al Cliente una confirmación por escrito del Pedido
- No existe obligación de satisfacer los Pedidos del Cliente. El Proveedor hará todo lo razonablemente posible para satisfacer todos los Pedidos de los Productos realizados por el Cliente tan pronto como sea factible o de conformidad con un Pedido hasta agotar existencias, pero el Proveedor podrá, a su entera discreción, rechazar o suspender la ejecución de cualquier Pedido dentro de los límites de las existencias disponibles o que de otro modo considere razonablemente que sería impracticable satisfacer. El Proveedor procurará avisar al Cliente con 2 meses de antelación en caso necesario.
- Valor mínimo del Pedido y entrega gratuita. Salvo que se disponga lo contrario en una Orden de Pedido o en las Condiciones Generales de Venta (si procede) Y con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula 5A.2:
- Todos los países del EEE: el Proveedor se reserva el derecho a rechazar cualquier Pedido inferior a 300 EUR netos;
- Todos los países del EEE: para un Pedido de valor comprendido entre 300 y 499 EUR netos, se aplicará una tarifa de entrega de 20 EUR y para un Pedido de valor igual o superior a 500 EUR netos, la entrega será gratuita.
- Ultramar (Francia): el Proveedor se reserva el derecho a rechazar un Pedido de importe inferior a 500 EUR netos y, a partir de 500 EUR netos, la entrega será gratuita.
- Modificaciones de los Productos. El Proveedor podrá, a su entera discreción, modificar o suspender la venta de cualquier Producto; no obstante, en caso de ser posible, el Proveedor procurará avisar al Cliente con una antelación razonable de al menos 2 meses.
- Cambios en las especificaciones de los Productos. El Proveedor podrá realizar cambios en las especificaciones de los Productos, siempre que dichos cambios no afecten negativamente a la calidad de los Productos. Sin perjuicio de lo anterior, el Proveedor se esforzará por notificar al Cliente con una antelación razonable de al menos 2 meses cualquier cambio siempre que sea posible.
- OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE FACILITAR INFORMACIÓN Y SOPORTE
El Proveedor proporcionará al Cliente la información y el soporte que el Proveedor, a su entera discreción, considere apropiados para que el Cliente pueda cumplir con sus obligaciones en virtud de este Acuerdo de forma adecuada y eficiente.
5A. OBLIGACIONES DEL CLIENTE EN RELACIÓN CON LA APERTURA DE UNA CUENTA CON EL PROVEEDOR, LÍMITE DE CRÉDITO Y REALIZACIÓN DEL PRIMER PEDIDO POR PARTE DEL CLIENTE
5A.1 Comprobaciones de la debida diligencia del nuevo Cliente y límite de crédito. La solicitud de apertura de una cuenta/relación comercial con el Proveedor por parte de cada nuevo Cliente está sujeta a una comprobación de referencias comerciales y bancarias. Cada nuevo Cliente se compromete a proporcionar cualquier información financiera o comercial solicitada por el Proveedor. Basándose en esta información, el Proveedor asignará al Cliente un límite de crédito máximo a su entera discreción. Sin perjuicio de este límite de crédito, el Proveedor se reserva el derecho de solicitar al Cliente condiciones especiales (como plazos de entrega adicionales) en cualquier momento. El Proveedor se propone revisar anualmente este límite de crédito, lo que podrá comunicar al Cliente previa solicitud.
5A.2 Valor mínimo del Pedido y pago del nuevo Cliente. El primer Pedido de un nuevo Cliente no podrá ser inferior a 1.000 EUR netos (IVA excluido) y deberá abonarse en su totalidad en el momento en que se realice el Pedido. Esta condición también se aplicará a cualquier Cliente previamente registrado en la base de datos de clientes del Proveedor pero que no haya realizado ningún Pedido al Proveedor durante más de 12 meses.
- PRECIOS, TASAS Y PAGOS
- Precios. Los precios que el Cliente deberá pagar al Proveedor por los Productos serán los de la Lista de Precios comunicada al Cliente oportunamente o incluidos en la Orden de Pedido.
- Incremento de precios. No obstante, el Proveedor se reserva el derecho a incrementar de forma inmediata y en cualquier momento el precio de los Productos en caso de que concurran factores que lo justifiquen, entre otros, cambios significativos en los precios de las materias primas. Asimismo, el Proveedor procurará avisar con una antelación razonable de al menos 2 meses de cualquier incremento en el precio de los Productos.
- Precios sin IVA ni otros impuestos. Todas las sumas adeudadas por una de las Partes a la otra en virtud del presente Acuerdo no incluyen el IVA ni otros impuestos que graven los suministros para los que dichas sumas (o cualquier parte de las mismas) constituyan la totalidad o parte de la contraprestación a efectos del IVA.
- Costes del Cliente. Todos los gastos, costes y cargas incurridos por el Cliente en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Acuerdo serán pagados por el Cliente, a menos que el Proveedor haya acordado expresamente y por escrito el pago de dichos gastos, costes y cargas.
- Condiciones de pago. El Proveedor emitirá las facturas al Cliente por correo electrónico o EDI. El Cliente abonará el importe íntegro facturado por el Proveedor mediante transferencia bancaria o adeudo directo SEPA en la divisa estipulada en la Orden de Pedido o en las Condiciones Generales de Venta (si procede) en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la factura, salvo que se acuerde otra cosa en las Condiciones Generales de Venta (si procede) o que las Partes acuerden otra cosa por escrito. Cualquier otra forma de pago conllevará una tasa administrativa de 20 EUR. El Proveedor se reserva el derecho, en cualquier momento y a su entera discreción, de exigir el pago (total o parcial) por adelantado, en particular en el caso de un nuevo Cliente, antes de realizar cualquier entrega o de reducir el número de días en los que se requiere el pago a partir de la fecha de la factura.
- Intereses de demora; facturas en litigio. El Cliente pagará al Proveedor intereses al tipo diario del 12% anual por encima del tipo básico del Banco Central Europeo o, si fuera inferior, el tipo máximo permitido por la Legislación Aplicable, sobre el importe impagado de cada factura vencida (IVA incluido) hasta la recepción efectiva del importe vencido por parte del Proveedor Además: (a) cualquier retraso en el pago genera automáticamente una indemnización en concepto de costes de recuperación de un mínimo de 40 EUR por factura; y (b) si los costes de recuperación incurridos son superiores, se cobrarán en función de los recibos pertinentes. La no aceptación de un pago parcial de una factura por parte del Proveedor no constituirá una renuncia al derecho del Proveedor al resto del importe de la factura. El Proveedor podrá suspender y/o cancelar inmediatamente cualquier entrega de los Productos hasta que se abonen los importes vencidos. Si el Cliente impugna cualquier parte de una factura, (i) el Cliente notificará al Proveedor la parte impugnada y el motivo de dicha impugnación en un plazo de 5 días a partir de la fecha de la factura, (ii) el Cliente pagará la parte no impugnada de conformidad con los términos del presente Acuerdo y (iii) las Partes tratarán de resolver de buena fe dicha impugnación en un plazo de 15 días a partir de la fecha en que se plantee la impugnación; y (iv) no se devengarán ni serán exigibles intereses sobre las cantidades objeto de impugnación.
- Compensación. El Cliente pagará todas las cantidades adeudadas en virtud de este Acuerdo en su totalidad y, a menos que se acuerde lo contrario con el Proveedor, el Cliente lo hará sin ninguna compensación, contrademanda, deducción o retención (salvo cualquier deducción o retención de impuestos según lo requiera la Ley Aplicable). El Proveedor podrá compensar cualquier cantidad vencida con cualquier responsabilidad del Proveedor frente al Cliente.
- PUBLICIDAD, PROMOCIÓN Y VENTA POR PARTE DEL CLIENTE
- Obligaciones del Cliente. El Cliente deberá:
- ser el único responsable de fijar y publicitar precios
de venta de conformidad con la Legislación Aplicable;
- no utilizar ningún material publicitario y de merchandising o material promocional para comercializar los Productos sin la aprobación previa y por escrito del Proveedor;
- exhibir los materiales de publicidad y merchandising y otros signos proporcionados por el Proveedor;
- asegurarse de que cualquier material publicitario y de merchandising que produzca por sí mismo cumpla con toda la Legislación Aplicable, sea apto para el fin previsto y no sea defectuoso;
- observar todas las indicaciones e instrucciones que le dé el Proveedor para la promoción y publicidad de los Productos; y
- no hará ninguna declaración escrita sobre la calidad o fabricación de los Productos sin la aprobación previa por escrito del Proveedor.
- Obligaciones del Proveedor. El Proveedor deberá:
- aprobar o rechazar, a su entera discreción, cualquier información o material promocional o cualquier programa publicitario y promocional presentado por el Cliente dentro de los 30 días siguientes a su recepción; y
- proporcionar al Cliente información sobre la publicidad y promoción utilizadas por el Proveedor y, a costa del Cliente, suministrar las cantidades de material promocional y publicitario que el Cliente pueda solicitar razonablemente cada cierto tiempo.
- TRANSFERENCIA DE RIESGOS, PROPIEDAD, SEGUROS Y DEVOLUCIONES
- Transferencia de riesgos. La transferencia del riesgo de los Productos tendrá lugar de conformidad con el incoterm especificado en la Orden de Pedido o en las Condiciones Generales de Venta (si procede) y confirmado en la factura. Si no se especifica ningún Incoterm en la Orden de Pedido o en las Condiciones Generales de Venta (si procede), el riesgo se transferirá del Proveedor al Cliente de conformidad con el Incoterm especificado en la Cláusula 3.6 (Incoterms 2020) y, por tanto, en el momento de la entrega o (en su caso) recogida de los Productos en la dirección de entrega o (en su caso) recogida estipulada en la Orden de Pedido o en las Condiciones Generales de Venta (si procede) y que podrá ser confirmada en la factura. Salvo que se estipule expresamente lo contrario en el presente Acuerdo, el Proveedor no tendrá ninguna otra responsabilidad sobre los Productos tras la entrega o (en su caso) recogida de los Productos por el Cliente, y todos los riesgos de daño, pérdida o retraso de los Productos pasarán al Cliente en el momento de dicha entrega o (en su caso) recogida por: (i) el transportista/transitario del Cliente; o (ii) otro agente, entidad o persona que actúe en nombre del Cliente en la dirección de entrega o (en su caso) recogida.
- Se considerará entrega si no se plantea ningún problema en el plazo especificado. Las entregas de Productos que no se ajusten a la Orden de Pedido (por ejemplo, un número inferior de Productos entregados) deberán comunicarse al Proveedor en un plazo de 2 días a partir de la entrega o (según proceda) de la recogida si se realiza en Francia y en un plazo de 7 días a partir de la entrega o (según proceda) de la recogida en el resto de los países; de lo contrario, la entrega se considerará efectuada sin ningún problema.
- Daños de los Productos en tránsito. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 8.1 (Transferencia del riesgo), si alguno de los Productos resulta dañado durante el transporte y las Partes discuten si el daño se produjo antes o después de la entrega por parte del Proveedor en la dirección de entrega o (en su caso) de recogida, corresponderá al Cliente la carga de probar que el daño se produjo antes de la entrega de los Productos por parte del Proveedor.
- Devolución de Productos.
- Una vez enviado un Pedido, no se permite la cancelación de este ni la devolución de los Productos.
- Antes de que un Pedido sea enviado, la cancelación deberá ser presentada y aceptada por escrito por el Proveedor al menos 7 (siete) días antes de la fecha de entrega solicitada. El Cliente deberá tener en cuenta que la fecha de envío será al menos siete días antes de la fecha de entrega solicitada.
- En el caso excepcional de que el Proveedor acepte por escrito la devolución de los Productos una vez enviados, el Cliente correrá con el coste total de cualquier devolución y el Proveedor, a su entera discreción, determinará si emite una nota de crédito u otro método de reembolso con respecto a los Productos devueltos.
- Transferencia de titularidad/propiedad. La transferencia de la titularidad/propiedad de los Productos del Proveedor al Cliente tendrá lugar cuando el Proveedor haya recibido el pago íntegro de los Productos sin ninguna compensación o deducción. El Proveedor y sus Filiales conservarán la titularidad y propiedad de cualquier material publicitario o de merchandising suministrado al Cliente o a sus minoristas.
- Cobertura de seguro del Cliente por daños de los Productos después de la entrega. El Cliente asegurará, corriendo con los gastos, cada Pedido con una aseguradora acreditada por el importe total de la factura de dicho Pedido. Dicho seguro cubrirá todos los riesgos desde el momento de la entrega de los Productos hasta que el Cliente haya pagado al Proveedor la totalidad de los Productos sin ninguna compensación o deducción. El Cliente presentará al Proveedor, a petición de éste, los detalles completos de dicho seguro y el recibo de la prima vigente en ese momento. Dicho seguro será el único recurso del Cliente si una entrega de los Productos resulta dañada después de la entrega en la dirección de entrega o (en su caso) de recogida. El Proveedor se reserva todos los derechos con respecto a los Productos entregados permitidos por la Legislación Aplicable incluyendo, sin limitación, los derechos de rescisión, recuperación, reventa y paralización en tránsito hasta que el importe total debido por el Cliente con respecto a todos los Productos entregados haya sido pagado en su totalidad y sin ninguna compensación o deducción.
- Cobertura de seguro de responsabilidad civil, por productos defectuosos y patronal del Cliente. Durante la vigencia del presente Acuerdo y por un periodo de 2 años a partir de entonces, el Cliente deberá mantener, corriendo con los gastos, una cobertura de seguro de responsabilidad civil, responsabilidad civil por productos defectuosos y responsabilidad civil patronal con una aseguradora acreditada por un importe mínimo de un millón de euros (1.000.000 EUR) por incidente y de dos millones de euros (2.000.000 EUR) en total. Todas estas pólizas estipularán que no podrán ser canceladas o modificadas sin previo aviso por escrito al Proveedor con 30 días de antelación. El Cliente facilitará al Proveedor una copia del certificado de seguro, de las pólizas de seguro y del justificante de pago de la prima vigente en un plazo de 5 días a partir de la solicitud. Si el Cliente no efectúa la renovación, el Proveedor tendrá derecho a efectuar el seguro a costa del Cliente. Las responsabilidades del Cliente no se considerarán liberadas o limitadas por las respectivas pólizas de seguro en vigor.
- Cobertura de seguro de responsabilidad civil, por productos defectuosos y patronal de los minoristas del Cliente. El Cliente se asegurará de que, durante la vigencia del presente Contrato y por un periodo de 2 años a partir de la misma, sus minoristas mantengan una cobertura de seguro de responsabilidad civil, responsabilidad por productos defectuosos y responsabilidad civil patronal, con una aseguradora acreditada, por importes mínimos de un millón de euros (1.000.000 EUR) por suceso, y de dos millones de euros (2.000.000 EUR) en total. El Cliente conservará una copia del certificado de seguro de sus minoristas, de las pólizas de seguro y del justificante de pago de la prima en vigor, y la facilitará al Proveedor en un plazo de 5 días a partir de una solicitud. Si el minorista del Cliente no efectúa la renovación, el Cliente deberá rescindir su relación con el minorista incumplidor o, de lo contrario, establecer disposiciones contractuales adecuadas que le faculte para efectuar el seguro a costa del minorista incumplidor del Cliente. No se considerará que las respectivas pólizas de seguro vigentes eximan o limiten las responsabilidades del Cliente.
- PROPIEDAD INTELECTUAL
- Concesión del derecho de uso de las Marcas Registradas (Trademarks). El Proveedor y sus Filiales conceden al Cliente un derecho revocable y no exclusivo, en el Territorio, a utilizar las Marcas Registradas en la promoción, publicidad y venta de los Productos, con sujeción a, y únicamente durante la vigencia del presente Acuerdo. El Cliente reconoce y acepta que todos los derechos sobre las Marcas Registradas seguirán perteneciendo al Proveedor y a sus Filiales, y que el Cliente no tiene ni adquirirá ningún derecho sobre las mismas en virtud del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo, salvo el derecho a utilizar las Marcas Registradas según lo dispuesto expresamente en el presente Acuerdo.
- Uso de las Marcas Registradas (Trademarks). El Cliente:
- promocionará, anunciará y venderá los Productos únicamente bajo las Marcas Registradas, y no en asociación con ninguna otra marca registrada, marca o nombre comercial, salvo que esté expresamente permitido en virtud del presente Acuerdo;
- no utilizará las Marcas Registradas como parte del nombre bajo el cual el Cliente lleva a cabo su negocio, o cualquier negocio relacionado, o bajo el cual vende o da servicio a cualquier producto (excepto los Productos), o de cualquier otra forma, salvo que esté expresamente permitido en virtud del presente Acuerdo;
- no sublicenciará, cederá, transferirá, cargará o gravará de cualquier otro modo el derecho de uso, referencia o designación de las Marcas Registradas a ninguna otra parte, salvo que se permita expresamente lo contrario en virtud del presente Acuerdo;
- no adoptará, utilizará (salvo en la medida en que lo permita el presente Acuerdo) ni intentará registrar ninguna marca que sea una imitación vistosa o confusamente similar a cualquiera de las Marcas Registradas y, además, se compromete a no impugnar o cuestionar la validez de las Marcas Registradas o de cualquier registro de las mismas, o la titularidad del Proveedor sobre las Marcas Registradas;
- no alterará ni añadirá nada al etiquetado o embalaje de los Productos en los que aparezcan las Marcas Registradas sin la previa autorización por escrito del Proveedor;
- no realizará, sin la previa aprobación por escrito del Proveedor, ninguna adición o modificación a los Productos o a cualquier material publicitario o promocional suministrado por el Proveedor; o
- no alterará, desfigurará o suprimirá, sin la previa aprobación por escrito del Proveedor, ninguna referencia a las Marcas Registradas, ninguna referencia al Proveedor ni ningún otro nombre adjunto o fijado a los Productos o a su embalaje o etiquetado.
- Asistencia en materia de Marcas Registradas. El Cliente notificará inmediatamente por escrito al Proveedor si tiene conocimiento de:
- cualquier infracción o sospecha de infracción respecto a las Marcas Registradas o cualquier otro derecho de propiedad intelectual relativo a los Productos dentro del Territorio; o
- cualquier reclamación de que cualquier Producto o la fabricación, uso, venta u otra disposición de cualquier Producto dentro del Territorio, ya sea bajo las Marcas Registradas o no, infringe los derechos de cualquier tercero.
- Tramitación de demandas.
- Con respecto a cualquier asunto que entre dentro de la Cláusula 9.3 (Asistencia en materia de Marcas Registradas):
- el Proveedor y sus Filiales, a su absoluta discreción, decidirán qué acción tomar con respecto al asunto (si procede);
- el Proveedor y sus Filiales llevarán a cabo y tendrán el control exclusivo sobre cualquier acción consecuente que considere necesaria y el Cliente, a petición del Proveedor y a costa del Proveedor, asistirá en la adopción de todas las medidas para defender los derechos del Proveedor, incluyendo la institución a costa del Proveedor de cualquier acción que pueda considerar necesario iniciar para la protección de cualquiera de sus derechos; y
- el Proveedor y sus Filiales pagarán todos los costes en relación con dicha acción y tendrán derecho a todos los daños y perjuicios y otras sumas que puedan pagarse o concederse como resultado de dicha acción.
- Con independencia de cualquier otra cláusula de este Acuerdo, si una reclamación o acción surge de cualquier acto u omisión del Cliente en su ejecución de este Acuerdo, los costes de dichas reclamaciones y acciones correrán a cargo del Cliente.
9.5. Fondo de Comercio. El Cliente reconoce el gran valor de la reputación y el prestigio asociados con las Marcas del Proveedor y reconoce que dicha reputación y prestigio pertenecen y redundan exclusivamente en beneficio del Proveedor y sus Filiales, y que las Marcas Registradas son distintivas y están asociadas con los productos y el prestigio del Proveedor en la mente del público consumidor. El Cliente reconoce asimismo que todo el uso que haga de las Marcas Registradas en virtud del presente Contrato redundará en beneficio del Proveedor y sus Filiales.
9.6 Nombres de dominio y redes sociales. Si, con la aprobación previa por escrito del Proveedor, el Cliente registra cualquier nombre de dominio o canal de medios sociales en el Territorio que incluya una Marca Registrada, el Cliente cederá sin demora dicho registro al Proveedor o a la persona que éste designe a petición y coste del Proveedor. El Proveedor o sus Filiales podrán, en cualquier momento y a su entera discreción, exigir al Cliente que interrumpa dicho(s) nombre(s) de dominio o canales de medios sociales (o que elimine la referencia al Proveedor y a las Marcas de dichos canales de medios sociales) si se rescinde el presente Acuerdo.
9.7 Efecto de Recisión. En caso de rescisión del presente Acuerdo por cualquier motivo, el Cliente dejará de utilizar inmediatamente la totalidad o parte de las Marcas Registradas, los nombres de dominio y los canales de redes sociales.
- RESPONSABILIDAD SOBRE PRODUCTOS DEFECTUOSOS Y RETIRADA DE PRODUCTOS
- Cobertura de seguro del Proveedor. Durante la vigencia de este Acuerdo, el Proveedor mantendrá un seguro adecuado de responsabilidad civil y del producto con un asegurador de buena reputación.
- Garantía del Producto. EL PROVEEDOR Y SUS FILIALES EXCLUYEN EXPRESAMENTE Y RENUNCIAN A TODAS LAS GARANTÍAS, YA SEAN EXPRESAS, IMPLÍCITAS O POR MINISTERIO DE LA LEY, INCLUYENDO, PERO NO LIMITADO A, CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD, QUE NO ESTÉN EXPRESAMENTE ESTABLECIDAS EN ESTE ACUERDO EN LA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEY APLICABLE.
- Asistencia al Cliente en la retirada de Productos. El Cliente proporcionará, por cuenta del Proveedor, cualquier asistencia que el Proveedor razonablemente requiera para retirar, con carácter de urgencia, Productos del mercado minorista o mayorista. El Cliente se compromete a mantener registros adecuados, actualizados y precisos que permitan la retirada inmediata de cualquier Producto o lote de Productos de los mercados minorista o mayorista. Estos registros incluirán los registros de las entregas a los clientes, incluidos los números de lote, la fecha de entrega, el nombre y la dirección del cliente, el número de teléfono y la dirección de correo electrónico. En caso de retirada, el Cliente no hará ninguna declaración a la prensa o al público sobre la retirada sin la aprobación previa por escrito del Proveedor.
- Obligaciones del Cliente en caso de retirada de productos. Con independencia de cualquier otra cláusula del presente Acuerdo, si se produjera la retirada de un producto como consecuencia de actos u omisiones del Cliente en el cumplimiento del presente Acuerdo, el Cliente indemnizará al Proveedor y a sus Filiales por el coste de los bienes adquiridos y los gastos en que incurran las Partes en relación con la retirada.
- CUMPLIMIENTO
- Cumplimiento de la Legislación Aplicable. El Cliente cumplirá por su propia cuenta toda la Legislación Aplicable relativa a sus actividades en virtud del presente Acuerdo, junto con cualesquiera condiciones vinculantes para él en cualesquiera licencias, registros, permisos y aprobaciones aplicables.
- Cumplimiento del Código de Conducta para Socios Comerciales del Proveedor. El Cliente deberá cumplir el Código de Conducta para Socios Comerciales del Proveedor (modificado unilateralmente por el Proveedor cada cierto tiempo) y que está disponible previa solicitud.
- Cumplimiento de las Directrices de Sostenibilidad del Proveedor. El Cliente deberá cumplir con las Directrices de embalaje sostenible del Proveedor (modificadas unilateralmente por el Proveedor cada cierto tiempo), disponibles previa solicitud. El Proveedor se compromete a optimizar sus embalajes y a reducir su impacto medioambiental. Por lo tanto, los Pedidos se prepararán, optimizarán y agruparán en embalajes idénticos.
- LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
- Responsabilidad ilimitada. Nada en este Acuerdo limitará o excluirá la responsabilidad del Proveedor o del Cliente por:
- Muerte o lesiones personales causadas por negligencia suya, o de sus empleados, agentes o subcontratistas (según corresponda);
- Fraude o tergiversación fraudulenta o incumplimiento deliberado del Acuerdo o mala conducta deliberada; o
- Cualquier asunto con respecto al cual sería ilegal excluir o restringir la responsabilidad.
- Limitaciones de responsabilidad. Sujeto a la Cláusula 12.1 (Responsabilidad ilimitada):
- Ni el Proveedor, ni sus Filiales, ni el Cliente, en ninguna circunstancia, serán responsables frente a la otra parte, ya sea por contrato, agravio (incluyendo negligencia), tergiversación, restitución o de otra manera, por:
- Cualquier pérdida de beneficios, ingresos, oportunidades de negocio o ahorros previstos;
- Cualquier pérdida que sea consecuencia indirecta o secundaria de cualquier acto u omisión de la Parte en cuestión; o
- Cualquier daño punitivo o de carácter ejemplar.
- Sin perjuicio de cualquier otra cláusula del presente Acuerdo, la responsabilidad total del Proveedor, sus Filiales y el Cliente con respecto a cualquier otra pérdida o daño que surja en virtud del presente Acuerdo o en relación con el mismo, ya sea contractual, extracontractual (incluida la negligencia), tergiversación, restitución o de otro tipo, no superará en ningún caso el valor de las ventas totales del Año anterior o 1.000.000 EUR, el menor de los dos importes. Durante el periodo de los 12 primeros meses a partir de la Fecha de Inicio, la responsabilidad en virtud de esta cláusula se calculará con referencia al Objetivo Mínimo de Ventas establecido en las Condiciones Generales de Venta (si procede) o al valor previsto de las ventas durante dicho periodo según lo establecido en el Pedido o de otro modo acordado por escrito entre las Partes.
- La responsabilidad del Proveedor y sus Filiales con respecto a de cualquier garantía de los Productos queda excluida en la medida de cualquier acto u omisión por parte del Cliente, incluyendo, pero no limitándose al uso o almacenamiento de los Productos en condiciones anormales.
- Sin perjuicio de cualquier otra cláusula del presente Acuerdo, cualquier reclamación distinta de las previstas en la Cláusula 8.2 con respecto a cualquiera de los Productos deberá notificarse al Proveedor en el plazo de 3 años a partir del hecho que dé lugar a la reclamación si se produce en Francia y en el plazo de 1 año en todos los demás países, sujeto en cada caso a un mínimo de 5.000 EUR con respecto a cada reclamación.
- DURACIÓN Y TERMINACIÓN
- Duración Inicial y Terminación con preaviso.
Si se han firmado las Condiciones Generales de Venta entre las Partes, este Acuerdo entrará en vigor en la Fecha de Inicio y, salvo que se rescinda antes de conformidad con la Cláusula 13.2 (Rescisión anticipada con efecto inmediato y sin preaviso), continuará durante el plazo especificado en las Condiciones Generales de Venta, transcurrido el cual se rescindirá automáticamente sin preaviso, salvo que las Partes acuerden otra cosa por escrito.
- Terminación anticipada con efecto inmediato y sin previo aviso. Sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso de que disponga, el Proveedor podrá resolver el presente Acuerdo con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Cliente si:
- El Cliente comete un incumplimiento material de cualquier término de este Acuerdo cuyo incumplimiento sea irremediable o (si dicho incumplimiento es remediable) no remedia dicho incumplimiento dentro de un periodo de 60 días después de haber sido notificado por escrito para subsanarlo;
- El Cliente no paga cualquier cantidad adeudada en virtud del presente Acuerdo en la fecha de vencimiento del pago y sigue en mora no menos de 30 días después de haber sido notificado por escrito para realizar dicho pago.
- El Cliente no alcanza el Objetivo Mínimo de Ventas en un 10% o más en alguno de los Años (si procede);
- El Cliente incumple repetidamente cualquiera de los términos de este Acuerdo de tal manera que se justifique razonablemente la opinión de que la conducta del Cliente es incompatible con el hecho de que el Cliente tenga la intención o la capacidad de hacer efectivos los términos de este Acuerdo;
- La situación financiera del Cliente se deteriora hasta el punto de justificar razonablemente la opinión de que su capacidad para cumplir los términos de este Acuerdo está en peligro, incluyendo, pero no limitándose a una petición de quiebra, cualquier forma de procedimiento de insolvencia o liquidación, cualquier acuerdo en beneficio de sus acreedores o si se nombra un administrador judicial;
- Se produce un cambio de Autoridad en el Cliente;
- El Proveedor o sus Filiales dejan de producir o distribuir de forma general los Productos; o
- El Cliente incumple sus obligaciones de conformidad con la Cláusula 11.2 (Cumplimiento del Código de Conducta del Socio Comercial del Proveedor).
- Terminación anticipada con preaviso por fuerza mayor. Ninguna de las Partes incumplirá el presente Acuerdo ni será responsable de ninguna pérdida, daño o retraso directo o indirecto en el cumplimiento, o incumplimiento, de cualquiera de sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo si dicha pérdida, daño, retraso o incumplimiento se deriva de acontecimientos, circunstancias o causas que escapen a su control razonable, incluidos, entre otros, huelga, cierre patronal, conflicto laboral, motín, disturbios civiles, insurrección, guerra u otra acción militar, incendio, tormenta, inundación, terremoto, tempestad, accidente, fallo mecánico, epidemia, pandemia, problemas de transporte, intervención legal y normativa gubernamental. Si el periodo de retraso o incumplimiento se prolonga durante 60 días, la Parte no afectada podrá rescindir el presente Acuerdo notificándolo por escrito a la Parte afectada con 30 días de antelación. No obstante, esta cláusula no exime a ninguna de las Partes de su obligación de efectuar los pagos debidos en virtud del presente Acuerdo ni concede en modo alguno una prórroga para efectuar dichos pagos.
- CONSECUENCIAS DE RESOLUCIÓN DEL ACUERDO
- Derechos y obligaciones contraídos. La rescisión del presente Acuerdo no afectará a los derechos, recursos, obligaciones o responsabilidades de las Partes que se hayan devengado hasta la fecha de rescisión, incluido el derecho a reclamar daños y perjuicios con respecto a cualquier incumplimiento del Acuerdo que existiera en la fecha de rescisión o con anterioridad a la misma.
- Consecuencias de la rescisión. A la terminación del presente Acuerdo:
- El Cliente pagará inmediatamente al Proveedor
todas las facturas pendientes de pago y los intereses correspondientes;
- Conforme a la Cláusula 14.2(e), se extinguirán todos los demás derechos y licencias del Cliente en virtud del presente Acuerdo.
- Con independencia de cualquier otra cláusula del presente Acuerdo, el Proveedor y sus Filiales podrán cancelar cualquier Pedido de Productos realizado por el Cliente antes de la terminación del presente Acuerdo si la entrega se produjera después de la terminación, hayan sido o no aceptados por el Proveedor. El Proveedor no tendrá ninguna responsabilidad frente al Cliente con respecto a dicho(s) Pedido(s) cancelado(s);
- El Proveedor y sus Filiales tendrán la opción, a su entera discreción, de comprar al Cliente cualquier stock de los Productos en condiciones vendibles al mismo precio que el Cliente pagó por ellos. Para ejercer esta opción, el Proveedor y sus Filiales deberán notificar al Cliente en un plazo de 60 días a partir de la notificación de resolución, indicando las cantidades de Productos que desea comprar. El Cliente entregará dichos Productos al Proveedor y a sus Filiales dentro de los 60 días siguientes a la fecha de terminación del Acuerdo, y el Proveedor pagará la totalidad de los Productos dentro de los 60 días siguientes a su entrega. El Cliente correrá con los gastos de embalaje, seguro y transporte de los Productos, salvo que las Partes acuerden otra cosa por escrito;
- Si el Proveedor y sus Filiales optan por no ejercer su opción de recompra de existencias de los Productos en virtud de la Cláusula 14.2(d) o si el Proveedor y sus Filiales compran sólo una parte de las existencias de Productos del Cliente, el Cliente deberá, a la entera discreción del Proveedor, disponer o vender sus existencias restantes de Productos al nuevo Cliente del Proveedor o de sus Filiales;
- Si el Proveedor y sus Filiales optan por recomprar las existencias de Productos en virtud de la Cláusula 14.2(d), o cuando el Cliente se haya deshecho de sus existencias restantes de Productos en virtud de la Cláusula 14.2(e), el Cliente deberá, a elección del Proveedor o de sus Filiales, destruir o devolver inmediatamente todas las muestras, folletos técnicos, catálogos, material publicitario, especificaciones y otros materiales, documentos o papeles relacionados con el negocio del Proveedor y de sus Filiales que el Cliente pueda tener en su posesión o bajo su control;
- El Cliente proporcionará una lista completa y precisa de sus clientes al Proveedor y a sus Filiales en un plazo de 10 días para asegurarse de que puede proporcionar servicios de soporte de garantía a los consumidores finales que puedan ser requeridos en virtud de la Legislación Aplicable; y
- El Cliente devolverá, corriendo con los gastos, y se asegurará de que sus minoristas devuelvan todos los materiales de promoción y publicidad proporcionados por el Proveedor y sus Filiales en un plazo de 10 días.
- INDEMNIZACIÓN
El Cliente protegerá, defenderá, indemnizará y mantendrá indemne al Proveedor y a sus Filiales, a sus directivos, empleados y agentes frente a cualesquiera reclamaciones de terceros (incluidas, a título meramente enunciativo y no limitativo, reclamaciones de consumidores y reclamaciones relacionadas con materiales de merchandising producidos por el propio Cliente y que lleven los Productos y/o las Marcas Registradas), responsabilidades, pérdidas, daños, demandas, acciones, multas, decretos y sentencias, incluidos honorarios razonables de abogados y costas judiciales que el Proveedor y sus Filiales puedan sufrir como consecuencia del presente Acuerdo o con respecto a cualquier acto u omisión negligente o doloso o incumplimiento del presente Acuerdo, excepto en la medida de la negligencia o acto u omisión doloso del Proveedor o incumplimiento del presente Acuerdo por parte del Proveedor. Con respecto a cualquier responsabilidad por la que el Proveedor y sus Filiales soliciten una indemnización, el Proveedor y sus Filiales proporcionarán al Cliente una pronta notificación por escrito al respecto. La falta de notificación inmediata no eximirá al Cliente de sus obligaciones, salvo en la medida en que se haya visto perjudicado materialmente por dicha falta. Las Partes cooperarán plenamente entre sí y se prestarán la asistencia razonable que permita la plena y completa defensa o liquidación de cualquier responsabilidad por la que el Cliente proporcione indemnización.
- GENERAL
- Disputas. En caso de discrepancia entre las Partes, éstas, de buena fe, tratarán de negociar y resolver dicha disputa dentro de los 15 días siguientes al planteamiento de la misma.
- Cesión y otros acuerdos. El Cliente no cederá, transferirá, hipotecará, cargará, subcontratará, delegará, declarará un fideicomiso ni negociará de ninguna otra forma con ninguno de sus derechos y obligaciones en virtud del presente Acuerdo. El Proveedor y sus Filiales podrán en cualquier momento ceder, hipotecar, gravar, subcontratar, delegar, declarar en fideicomiso o negociar de cualquier otra forma con cualquiera o todos sus derechos y obligaciones en virtud del presente Acuerdo.
- Confidencialidad.
- Cada una de las Partes se compromete a no revelar en ningún momento, ni siquiera tras la rescisión del presente Acuerdo, a ninguna persona ninguna Información Confidencial, salvo en los casos permitidos en la Cláusula 16.3(b).
- Cada Parte podrá revelar la Información Confidencial de la otra Parte:
- a sus empleados, directivos, representantes, contratistas, subcontratistas o asesores que necesiten conocer dicha información a efectos del ejercicio de los derechos de la Parte o del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo o en relación con el mismo. Cada Parte se asegurará de que sus empleados, directivos, representantes, contratistas, subcontratistas o asesores a los que revele la Información Confidencial de la otra Parte cumplan lo dispuesto en la presente Cláusula 16.3; y
- según lo exija la Legislación Aplicable, un tribunal de jurisdicción competente o cualquier autoridad gubernamental o reguladora. Ninguna de las Partes utilizará la Información Confidencial de la otra Parte para fines distintos del ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo o en relación con el mismo.
- Protección de datos. Cada una de las Partes reconoce que puede revelar regularmente a la otra y a sus Filiales datos personales en relación con el presente Acuerdo. Cada una de las Partes y sus Filiales cumplirán con todas las obligaciones impuestas a un responsable del tratamiento en virtud de la Legislación sobre Protección de Datos, incluyendo, entre otras, la de garantizar que dispone de todos los avisos y consentimientos necesarios y de las bases legales para permitir la transferencia legal de los datos personales, así como de las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger contra la pérdida accidental o el tratamiento no autorizado de los datos personales.
- Acuerdo completo. El presente Acuerdo constituye el acuerdo íntegro entre las Partes y sustituye y extingue todos los anteriores términos y condiciones de venta, acuerdos, promesas, seguridades, garantías, representaciones y entendimientos entre ellos, ya sean escritos u orales, relativos a su objeto.
- Variaciones. Salvo lo dispuesto en las presentes Condiciones, ninguna modificación del presente Acuerdo surtirá efecto a menos que se realice por escrito y esté firmada por las Partes (o sus representantes autorizados).
- Renuncia. El hecho de que una Parte no ejerza o retrase el ejercicio de cualquier derecho o recurso previsto en el presente Acuerdo o en la Legislación Aplicable no constituirá una renuncia a ese u otro derecho o recurso, ni impedirá o restringirá el ejercicio posterior de ese u otro derecho o recurso. Ningún ejercicio único o parcial de tal derecho o recurso impedirá o restringirá el ejercicio posterior de ese o cualquier otro derecho o recurso.
- Rescisión. Si alguna cláusula o parte de cláusula de este Acuerdo es o deviene inválida, ilegal o inaplicable, se considerará suprimida, pero ello no afectará a la validez y aplicabilidad del resto de este Acuerdo. Las Partes negociarán de buena fe para acordar un sustituto de la cláusula o parte de cláusula suprimida que, en la mayor medida posible, logre el resultado comercial previsto de la cláusula original.
- Notificaciones.
- Toda notificación dirigida a una de las Partes en virtud del presente Acuerdo o en relación con el mismo se realizará por escrito y será:
- entregada en mano o por correo prepagado de primera clase u otro servicio de entrega al siguiente día laborable en su domicilio social (si se trata de una empresa) o en su centro de actividad principal (en cualquier otro caso); o
- enviada por correo electrónico a la dirección especificada en las Condiciones Generales de Venta (si procede) con copia a legal@colart.com
- Toda notificación se considerará recibida:
- si se entrega en mano, a la firma de un recibo de entrega o en el momento en que la notificación se deja en la dirección apropiada;
- si se envía por correo de primera clase prepagado u otro servicio de entrega al siguiente día laborable, a las 9.00 horas del segundo día laborable tras el envío o en el momento registrado por el servicio de entrega; y
- si se envía por correo electrónico, en el momento de la transmisión o, si este momento cae fuera del horario laboral en el lugar de recepción, cuando se reanude el horario laboral. A efectos de la presente cláusula, se entenderá por horario laboral el comprendido entre las 9.00 y las 17.00 horas de lunes a viernes de un día no festivo en el lugar de recepción.
- Esta cláusula no se aplica a la notificación de cualquier procedimiento u otros documentos en cualquier acción legal o, en su caso, cualquier arbitraje u otro método de resolución de conflictos.
- Vigencia. Cualquier cláusula del Acuerdo que expresa o implícitamente esté destinada a entrar en vigor o continuar en vigor en o después de la terminación permanecerá en pleno vigor y efecto.
- Derechos de terceros. Nadie que no sea una de las Partes de este Acuerdo, los Afiliados del Proveedor y los sucesores y cesionarios permitidos de cualquiera de las Partes, tendrá derecho a hacer cumplir ninguno de sus términos.
- Ausencia de asociación o agencia. Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo constituirá al Cliente como agente del Proveedor o de sus Filiales a ningún efecto y no se considerará que existe asociación o empresa conjunta entre las Partes. En el desempeño de sus funciones en este Acuerdo y en el trato con el Proveedor y sus Filiales y los Productos, el Cliente actuará a todos los efectos como contratista independiente y no como empleado del Proveedor a ningún efecto.
- Capacidad, ejecución y contrapartidas. Cada una de las Partes declara y garantiza que tiene plena capacidad y autoridad para suscribir el presente Acuerdo. El presente Acuerdo podrá ejecutarse en cualquier número de ejemplares, cada uno de los cuales, una vez ejecutado, constituirá un duplicado del original, pero todos los ejemplares constituirán conjuntamente un único acuerdo. Cada una de las Partes acuerda que la firma o aprobación electrónicas serán aceptables, y la prueba de la ejecución podrá proporcionarse mediante una copia escaneada por correo electrónico.
- No captación de empleados. Durante la vigencia de este Acuerdo y por un periodo de 1 año a partir de entonces, el Cliente no solicitará, atraerá ni ofrecerá empleo, sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor, a ninguna persona que sea o haya sido en un periodo de 2 años anterior empleado del Proveedor o de sus Filiales que tenga alguna responsabilidad u obligación en virtud de este Acuerdo o en relación con el mismo, y procurará que sus Filiales no lo hagan.
- Publicidad. Sin perjuicio de cualquier otra cláusula del presente Acuerdo, el Proveedor podrá revelar a terceros y dar a conocer en el dominio público que es proveedor de los Productos al Cliente y a sus minoristas.
- Legislación aplicable. El presente Acuerdo, y cualquier disputa o reclamación (incluidas las disputas o reclamaciones no contractuales) que surjan de o en relación con el mismo o su objeto, formación, ejecución o terminación, se regirán por la Ley del país del Proveedor.
- Jurisdicción. Cada una de las Partes acuerda irrevocablemente que los tribunales del domicilio social del Proveedor serán los únicos competentes en relación con el presente Acuerdo o su objeto, formación, ejecución o resolución.
[Fin de los Términos y Condiciones Generales de Venta]






